Conoce cómo calculamos tu pensión con la
Calculadora de Ley 97 de Afore XXI Banorte
Si empezaste a cotizar al IMSS a partir del 1º de julio de 1997, la calculadora de pensiones de Afore XXI Banorte es para ti. Esta herramienta te permite estimar, de forma sencilla y confiable, cuánto podrías recibir al momento de tu retiro.
- Aportaciones del patrón: Las empresas están obligadas a aportar más dinero para la pensión de sus trabajadores, dependiendo del sueldo.
- Apoyo del gobierno: Si tu salario es menor a 4 Unidades de Medida y Actualización (UMA), puedes recibir una ayuda adicional del gobierno, y el valor de la UMA es actualizado.
- Menos semanas para pensionarte: A partir de 2025, se necesitarán solo 850 semanas cotizadas para pensionarse. Este número subirá poco a poco hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.
- Nuevo fondo de apoyo: Desde julio de 2024, existe el Fondo de Pensiones para el Bienestar, que pudiera darte un complemento adicional a tu pensión.
- Tu salario: Para el cálculo de las aportaciones consideramos el salario que ingresas a la calculadora, este debe estar entre el salario mínimo ($8,364 pesos en 2025) y menor a 25 UMAs. Suponemos que tu ingreso crecerá 1.7% al año (ajustado por inflación), con base en lo observado entre 2018 y 2023 entre las personas trabajadoras aseguradas ante el IMSS.
- Tu historial de cotización: Conocido como densidad de cotización, refleja cuánto tanto tiempo has estado cotizando a un instituto de seguridad social (IMSS o ISSSTE) desde que comenzaste a trabajar formalmente. Consideramos un mínimo del 80%, lo que equivale a haber trabajado al menos 10 de cada 12 meses, en promedio. Además, si has trabajado de forma continua, eso también se toma en cuenta.
- Comisión y rendimientos: Calculamos el crecimiento de tus ahorros a lo largo del tiempo considerando que tu ahorro obligatorio crece de acuerdo con un rendimiento estimado del 5.33% y tu Ahorro Voluntario del 5.28% anual (en ambos casos, ya netos del efecto de la inflación). Asimismo, descontamos la comisión por administración (0.55% en 2025) de tu cuenta.
- Retiro Programado
- Cada año se revisa cuánto dinero queda en tu cuenta.
- Con base en eso, se ajusta lo que recibirás el siguiente año.
- Depende de cuánto dure tu ahorro, pero tienes la flexibilidad de poder cambiarte a la modalidad de renta vitalicia posteriormente.
- Renta Vitalicia
- Contratas una aseguradora que te pagará una cantidad fija cada mes, ¡de por vida!
- Se usa una fórmula que considera tu edad, esperanza de vida y un pequeño margen de seguridad.
- Es más estable, pero ya no puedes mover tu dinero.
El monto estimado de tu pensión se calcula en cuatro pasos:
Paso 1: Sumamos tus ahorros obligatorios (aportaciones del patrón, tuyas y del gobierno) acumulados durante tu vida laboral y consideramos los rendimientos que se generarán cada año, hasta el momento de tu retiro.
Paso 2: En caso de realizar aportaciones voluntarias, las agregamos al saldo anterior y también consideramos que generarán un rendimiento que las hará crecer.
Paso 3: Consideramos las semanas cotizadas y la edad de retiro seleccionada, para verificar si cumples con los requisitos de pensión.
Paso 4: Con base en los elementos anteriores, te presentamos los montos de las pensiones que recibirías en las opciones de modalidad de retiro mencionadas.
Además, si te retiras a los 65 años o más y la pensión que obtienes es menor a tu último salario registrado ante el IMSS, podrías recibir un Complemento Solidario del gobierno. Este apoyo tiene como objetivo que tu pensión se acerque al 100% de lo que ganabas antes de retirarte. Sin embargo, en este caso existe un tope: la pensión con el complemento no puede superar los $17,364.90 pesos mensuales. Esto significa:- Si tu último salario fue menor o igual a ese monto, el complemento cubrirá la diferencia entre tu pensión y tu último salario.
- Si fue mayor a $17,364.90, el complemento se calcula tomando ese tope como referencia.
Tu pensión se estima con base en fórmulas y parámetros definidos por la ley y nuestra experiencia en administración de fondos para el retiro. Aquí te explicamos los principales elementos que usamos en los cálculos:
- Saldo ahorrado actual
Se calcula así: Saldo de ayer + Rendimientos netos + (Aportación obligatoria × Densidad de cotización) - Aportación obligatoria
Se calcula como: (Salario base × Tasa de aportación) + Cuota social del Gobierno - Salario futuro estimado
Se proyecta con esta fórmula: Salario actual × (1 + crecimiento salarial real anual) - Tasa de aportación
Es el porcentaje total que se aporta a tu cuenta, incluyendo:
- Tu contribución como trabajador
- La de tu empleador
- La del Gobierno.
Esta tasa depende de tu salario y aumentará gradualmente hasta llegar al 15% en 2030.
- Densidad de cotización
Representa el porcentaje del tiempo que has estado cotizando. Para el cálculo, se considera un mínimo del 80%. - Rendimientos netos estimados (ya se descuentan comisiones e inflación)
- 5.33% anual real para el saldo en tu subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV).
- 5.28% anual real para tu saldo en tu subcuenta de Ahorro Voluntario (AV).
- Comisión
Actualmente es del 0.55% anual, con una reducción proyectada a 0.51% hacia 2030.
- Retiro Programado:
- Saldo acumulado al retiro / ( 12 × URV ).
- Donde URV es la Unidad de Renta Vitalicia que te corresponde de acuerdo con tu sexo y edad de retiro.
- Tu saldo acumulado al retiro puede incluir o no tu Ahorro Voluntario.
- Renta Vitalicia:
- Saldo acumulado al retiro/( Anualidad × Margen de seguridad )
- La Anualidad es la anualidad contingente que te corresponde de acuerdo con tu sexo, edad de retiro y tu esperanza de vida.
- El Margen de seguridad es un porcentaje que protege a la aseguradora que elijas contra riesgos actuariales.
- De nueva cuenta, tu saldo acumulado al retiro puede incluir o no a tu Ahorro Voluntario.
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Requisito de Semanas Cotizadas para Pensionarte
| Año | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | 2031 en adelante |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Semanas | 850 | 875 | 900 | 925 | 950 | 975 | 1000 |
Fuente: Elaboración propia con información del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Cuarto Transitorio.
Con base en el cumplimiento de requisitos, tu Pensión de Retiro es calculada considerando el saldo total de las Subcuentas de RCV, AV y la modalidad de Retiro que elegiste (Retiro Programado o Renta Vitalicia). Si al momento de tu Retiro tu saldo es limitado, el Gobierno te garantizará una pensión mínima con base en tres factores:
- Tu edad de Retiro.
- El rango salarial en UMA de tu último salario de cotización.
- Semanas cotizadas al momento de tu Retiro.
Además, si te retiras a partir de los 65 años, el Gobierno Federal te otorgará un Complemento Solidario. Este complemento se sumará a la Pensión que obtengas con el saldo ahorrado en tu Cuenta Individual de RCV. Si tu saldo es mayor a la pensión garantizada, recibirás la pensión resultante de tus ahorros; de lo contrario, recibirás la pensión garantizada. El objetivo es que tu Tasa de Reemplazo sea del 100% o lo más cercana posible a esta cifra.
| Año | Semanas |
|---|---|
2024 | 825 |
2025 | 850 |
| 2026 | 875 |
| 2027 | 900 |
| 2028 | 925 |
| 2029 | 950 |
| 2030 | 975 |
| 2031 en adelante | 1000 |
Fuente: Elaboración propia con información del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Cuarto Transitorio.
Con base en el cumplimiento de requisitos, tu Pensión de Retiro es calculada considerando el saldo total de las Subcuentas de RCV, AV y la modalidad de Retiro que elegiste (Retiro Pogramado o Renta Vitalicia). Si al momento de tu Retiro tu saldo es limitado, el Gobierno te garantizará una pensión mínima con base en tres factores:
- Tu edad de Retiro.
- El rango salarial en UMA de tu último salario de cotización.
- Semanas cotizadas al momento de tu Retiro.
Además, si te retiras a partir de los 65 años, el Gobierno Federal te otorgará un Complemento Solidario. Este complemento se sumará a la Pensión que obtengas con el saldo ahorrado en tu Cuenta Individual de RCV. Si tu saldo es mayor a la pensión garantizada, recibirás la pensión resultante de tus ahorros; de lo contrario, recibirás la pensión garantizada. El objetivo es que tu Tasa de Reemplazo sea del 100% o lo más cercana posible a esta cifra.
Anexo
- Pensión por Retiro Programado con saldo RCV
- Pensión por Retiro Programado con saldos RCV y AV
Donde:
RCVT = Saldo de RCV acumulado al momento de tu Retiro.
AVT = Saldo de AV acumulado al momento de tu Retiro.
URV = Unidad de Renta Vitalicia publicada por CONSAR.
Anexo
- Pensión por Renta Vitalicia con saldo RCV
- Pensión por Renta Vitalicia con saldos RCV y AV
1Ley del Seguro Social, [LSS]. Segundo, tercero y cuarto transitorios. Reformada, Diario Oficial de la Federación [D.O.F.], 07 de julio de 2024, (México). 2Ley del Seguro Social, [LSS]. Segundo, tercero y cuarto transitorios. Reformada, Diario Oficial de la Federación [D.O.F.], 07 de julio de 2024, (México). 3CONSAR. 2022. Metodología de la calculadora ahorro y Retiro para trabajadores que cotizan al IMSS. https://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/imss/PDF/Metodolog%C3%ADa_Calculadora_de_Retiro.pdf